Fideicomiso Público de Administración del Impuesto por la Prestación de Servicios de Hospedaje.
OBLIGACIONES SEÑALADAS EN EL ARTÍCULO 59 DE LA LEY NÚMERO 250 DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE |
| I. El nombre de la persona servidora pública y de la persona física o moral que represente al fideicomitente, al fiduciario y al fideicomisario;
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| II. La unidad administrativa responsable del fideicomiso;
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| III. El monto total, el uso y destino del patrimonio fideicomitido, distinguiendo las aportaciones públicas y fuente de los recursos, los subsidios, donaciones, transferencias, excedentes, inversiones realizadas y aportaciones o subvenciones que reciban: |
| IV. El saldo total al cierre del ejercicio fiscal, sin perjuicio de los demás informes que deban presentarse en los términos de las disposiciones aplicables;
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| V. Las modificaciones que, en su caso, sufran los contratos o decretos de constitución del fideicomiso o del fondo público;
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| VI. El padrón de beneficiarios:
a) Padrón de beneficiarios y beneficiarias del fideicomiso o fondo público.
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| VII. Causas por las que, en su caso, se inicie el proceso de constitución o extinción del fideicomiso o fondo público, especificando, de manera detallada, los recursos financieros destinados para tal efecto:
a) Proceso de creación del fideicomiso o fondo público
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| VIII. Los contratos de obras, adquisiciones y servicios que involucren recursos públicos del fideicomiso, así como los honorarios derivados de los servicios y operaciones que realice la institución de crédito o la fiduciaria:
a) Los contratos de obras, adquisiciones y servicios
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