Actividades de Bajo, Mediano y Alto Riesgo

IMPORTANTE:  LEER ESTA INFORMACIÓN ANTES DE REGISTRAR LA QUEJA O DENUNCIA

 

El criterio para la clasificación de las empresas y actividades riesgosas o de mediano y alto  riesgo, se relaciona con el conjunto de acciones de origen natural o antropogénico, asociadas con el manejo de materiales y sustancias con propiedades inflamables, explosivas, tóxicas, reactivas, radioactivas, corrosivas o biológicas, así como con los procesos llevados a cabo en las instalaciones .

Tomando en consideración además, las cantidades almacenadas y/o procesadas, en caso de presentarse una fuga o derrame, pueden causar afectaciones significativas a la población, a sus bienes y al medio ambiente.

 

El artículo 82 de la Ley de Protección Civil y la Reducción del Riesgo de Desastres para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave señala las atribuciones de vigilancia para la Secretaría y las Unidades Municipales de Protección Civil:

 

  • Secretaría de Protección Civil: Mediano y Alto Riesgo

  • Unidades Municipales de Protección Civil: Bajo Riesgo

 

 

* Haz click aquí para conocer el listado de empresas y actividades de alto, mediano y bajo riesgo / Reglamento de la Ley de Protección Civil y la Reducción del Riesgo de Desastres para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, Gaceta Oficial del Estado, 30 enero 2014.

 

 

 

 

 

 

 

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