Ley 875 de Transparencia para el Estado de Veracruz

Ley 875  de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Artículo 15
Los sujetos obligados deberán publicar y mantener actualizada la información pública, de conformidad con los lineamientos que para el caso expida el Sistema Nacional, al inicio de cada año o dentro de los siguientes diez días naturales a que surja alguna modificación, de acuerdo con sus atribuciones y a disposición de cualquier interesado, conforme a lo siguiente:

Artículo 16
Además de lo señalado en el artículo anterior, los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:

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