Ley 875 de Transparencia para el Estado de Veracruz
Ley 875 de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
Artículo 15
Los sujetos obligados deberán publicar y mantener actualizada la información pública, de conformidad con los lineamientos que para el caso expida el Sistema Nacional, al inicio de cada año o dentro de los siguientes diez días naturales a que surja alguna modificación, de acuerdo con sus atribuciones y a disposición de cualquier interesado, conforme a lo siguiente:
Artículo 16
Además de lo señalado en el artículo anterior, los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información: