FONDO PYME
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ABIERTA
* Documento en construcción
Lic. Francisco Javier Escalera Carbonell
Director General para el Desarrollo de la MIPYME.
Tels. 01 (228) 8418510
Lic. Miguel Ángel Gutiérrez Nash
Subdirector de Promoción Financiera e Innovación Tecnológica
magutierrezn@veracruz.gob.mx
Tels. 01 (228) 8418500 Ext. 3220 y 2220
Lic. Isela Lira
Subdirectora de Promoción y Fomento Empresarial
ilira@veracruz.gob.mx
Tels. 01 (228) 8418500 Ext. 3220 y 2220
http://www.fondopyme.gob.mx
¿Qué es el Fondo PYME?
Es un instrumento que busca apoyar a las empresas en particular a las de menor tamaño y a los emprendedores con el propósito de promover el desarrollo económico nacional, a través del otorgamiento de apoyos de carácter temporal a programas y proyectos que fomenten la creación, desarrollo, consolidación, viabilidad, productividad, competitividad y sustentabilidad de las micro, pequeñas y medianas empresas.
Objetivo del Programa
Contribuir al desarrollo económico nacional, a través del otorgamiento de apoyos a proyectos que fomenten la creación, consolidación y competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas y las iniciativas de los emprendedores, así como a aquellos que promuevan la inversión productiva que permitan generar más y mejores empleos, más y mejores micro, pequeñas y medianas empresas, y más y mejores emprendedores.
Objetivos Específicos por categorías
Para todas las categorías:
–Promover una mayor participación de las mujeres en el desarrollo económico nacional;
–Contribuir al fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas a través de la mejora de sus procesos;
–Promover y difundir los programas, instrumentos, productos, herramientas y acciones para elevar la competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas, y
–Fomentar el acceso al financiamiento en general y al crédito en particular, de las micro, pequeñas y medianas empresas. Con excepción de la Categoría VI: Realización de eventos PYME y otras actividades e instrumentos de promoción.
Para la categoría I: NUEVOS EMPRENDEDORES E INCUBADORAS DE EMPRESAS.
–Contribuir a la generación de empleos;
–Contribuir a la generación de emprendedores, y
–Estimular la generación de nuevas empresas.
Para la categoría II: MICROEMPRESAS Y FRANQUICIAS.
–Contribuir a la conservación de empleos formales; Estimular la generación de nuevas empresas, y
–Contribuir al fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas a través de la mejora de sus procesos.
Para la categoría III: PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS.
–Impulsar la creación y/o fortalecimiento de los Centros México Emprende que permitan otorgar servicios públicos a los emprendedores y a las micro, pequeñas y medianas empresas, de manera integral, accesible, ágil y oportuna, de acuerdo con su tamaño y potencial, en un solo lugar.
Para la categoría IV: EMPRESAS GACELA.
–Contribuir a la generación de empleos;
–Contribuir a la conservación de empleos formales, y
–Fomentar la innovación y el desarrollo tecnológico de las micro, pequeñas y medianas empresas.
Para la categoría V: EMPRESAS TRACTORAS.
–Apoyar el encadenamiento productivo que promueva la integración a las cadenas productivas de las micro, pequeñas y medianas empresas;
–Contribuir al desarrollo de infraestructura productiva industrial, comercial y de servicios, y
–Fomentar las exportaciones de productos y servicios de las micro, pequeñas y medianas empresas.
Para la categoría VI: REALIZACION DE EVENTOS PYME Y OTRAS ACTIVIDADES E INSTRUMENTOS DE PROMOCION.
¿Quiénes pueden ser sujeto de apoyo?
Su población objetivo es la que se indica a continuación y que podrá obtener APOYOS para la realización de los PROYECTOS en las categorías, subcategorías y conceptos que se describen en el Anexo B y los que el CONSEJO DIRECTIVO determine y autorice:
a. EMPRENDEDORES;
b. Micro empresas, y
c. Pequeñas y medianas empresas.
Excepcionalmente y cuando lo determine y autorice el CONSEJO DIRECTIVO las grandes empresas podrán ser parte de la población objetivo del FONDO PYME, siempre y cuando contribuyan de manera directa o indirecta a la creación, CONSOLIDACION y COMPETITIVIDAD de las MIPYMES, promuevan la inversión productiva que permita generar empleos formales o generen impacto económico, sectorial o regional en la ENTIDAD FEDERATIVA o región de que se trate.
Excepcionalmente, podrán ser BENEFICIARIOS los ORGANISMOS INTERMEDIOS cuyos PROYECTOS contribuyan a la creación, desarrollo o CONSOLIDACION de las MIPYMES.
¿Cuáles son los requisitos y cómo solicitar un apoyo?
Los APOYOS del FONDO PYME se otorgarán a la población objetivo a través de ORGANISMOS INTERMEDIOS, que serán los encargados de canalizarle los APOYOS a la misma. Para acceder a dichos APOYOS se deben cumplir los siguientes requisitos:
Para todas las categorías:
–Promover una mayor participación de las mujeres en el desarrollo económico nacional;
–Contribuir al fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas a través de la mejora de sus procesos;
–Promover y difundir los programas, instrumentos, productos, herramientas y acciones para elevar la competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas, y
–Fomentar el acceso al financiamiento en general y al crédito en particular, de las micro, pequeñas y medianas empresas. Con excepción de la Categoría VI: Realización de eventos PYME y otras actividades e instrumentos de promoción.
Para la categoría I: NUEVOS EMPRENDEDORES E INCUBADORAS DE EMPRESAS.
–Contribuir a la generación de empleos;
–Contribuir a la generación de emprendedores, y
–Estimular la generación de nuevas empresas.
Para la categoría II: MICROEMPRESAS Y FRANQUICIAS.
–Contribuir a la conservación de empleos formales; Estimular la generación de nuevas empresas, y
–Contribuir al fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas a través de la mejora de sus procesos.
Para la categoría III: PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS.
–Impulsar la creación y/o fortalecimiento de los Centros México Emprende que permitan otorgar servicios públicos a los emprendedores y a las micro, pequeñas y medianas empresas, de manera integral, accesible, ágil y oportuna, de acuerdo con su tamaño y potencial, en un solo lugar.
Para la categoría IV: EMPRESAS GACELA.
–Contribuir a la generación de empleos;
–Contribuir a la conservación de empleos formales, y
–Fomentar la innovación y el desarrollo tecnológico de las micro, pequeñas y medianas empresas.
Para la categoría V: EMPRESAS TRACTORAS.
–Apoyar el encadenamiento productivo que promueva la integración a las cadenas productivas de las micro, pequeñas y medianas empresas;
–Contribuir al desarrollo de infraestructura productiva industrial, comercial y de servicios, y
–Fomentar las exportaciones de productos y servicios de las micro, pequeñas y medianas empresas.
Para la categoría VI: REALIZACION DE EVENTOS PYME Y OTRAS ACTIVIDADES E INSTRUMENTOS DE PROMOCION
¿Cuáles son los requisitos y cómo solicitar un apoyo?
Los APOYOS del FONDO PYME se otorgarán a la población objetivo a través de ORGANISMOS INTERMEDIOS, que serán los encargados de canalizarle los APOYOS a la misma. Para acceder a dichos APOYOS se deben cumplir los siguientes requisitos:
2.Las MIPYMES deben estar legalmente establecidas conforme a la legislación mexicana;
3.El ORGANISMO INTERMEDIO deberá indicar y adjuntar de forma electrónica en la CEDULA DE APOYO la documentación soporte del PROYECTO.
4.En función del concepto de apoyo del FONDO PYME solicitado, se despliega en la CEDULA DE APOYO la documentación de soporte del PROYECTO que debe integrarse y que se prevé en el Anexo A de estas REGLAS DE OPERACION.
5.De no ser posible su integración de forma electrónica, se deberá señalar claramente en el apartado correspondiente de la CEDULA DE APOYO, que la referida documentación será entregada de manera impresa en la SPYME o en las DELEGACIONES, según corresponda.
6.La ubicación y horarios de atención en las ENTIDADES FEDERATIVAS serán dados a conocer en el SISTEMA DE TRANSPARENCIA PYME a más tardar dentro de los 30 días hábiles siguientes a la entrada en vigor de las presentes REGLAS DE OPERACION.
7.La Ventanilla SPYME se ubica en Insurgentes Sur No. 1940, PB, colonia Florida, Delegación Alvaro Obregón, código postal 01030, en México, Distrito Federal;
8.Los conceptos de apoyo solicitados deben coincidir y ser congruentes con el PROYECTO que se presente en términos de las presentes REGLAS DE OPERACION;
9.Los PROYECTOS de carácter estatal preverán, en su caso, la aportación de recursos de las ENTIDADES FEDERATIVAS;
10.Los PROYECTOS preverán la aportación de recursos del ORGANISMO INTERMEDIO, en su caso, y/o de los sectores público, social, privado o del conocimiento;
11.Si el ORGANISMO INTERMEDIO desea que el CONSEJO DIRECTIVO le reconozca una aportación en especie directamente vinculada al PROYECTO deberá advertirlo en la propia CEDULA DE APOYO, en el apartado previsto para tal efecto, siempre y cuando se cumpla con los requisites correspondientes.
12.El ORGANISMO INTERMEDIO que hubiere solicitado APOYOS del FONDO PYME para ser canalizados a la población objetivo o que hubiere resultado BENEFICIARIO de dicho programa en ejercicios anteriores, deberá estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones a su cargo derivadas de la ejecución del PROYECTO aprobado, de acuerdo al calendario autorizado, lo que implica que hayan aplicado los APOYOS a los fines aprobados y hayan acreditado la aplicación de los recursos con la documentación comprobatoria correspondiente y la presentación de los informes de avance o bien, con el informe de conclusión del PROYECTO;
13.Bajo ningún concepto podrán ser BENEFICIARIOS del FONDO PYME los servidores públicos de la SPYME o de las DELEGACIONES o en general de la SE, de las Secretarías de Desarrollo Económico o su equivalente en las ENTIDADES FEDERATIVAS, así como sus cónyuges, parientes por afinidad o consanguinidad y las demás personas que al efecto se refieran en las legislaciones federal y estatales aplicables en materia de responsabilidades de los servidores públicos.
14.Lo anterior, salvo que el APOYO se reciba al amparo de la Regla 8 del presente ordenamiento y que la MIPYME SINIESTRADA la integren los cónyuges o parientes por afinidad o consanguinidad de los servidores públicos de la SPYME, las DELEGACIONES o de las Secretarías de Desarrollo Económico o su equivalente de las ENTIDADES FEDERATIVAS. Para que pueda ser sujeta de APOYO una MIPYME SINIESTRADA integrada por el (la) cónyuge o parientes por afinidad o consanguinidad de algún servidor público de la SPYME, de las DELEGACIONES o de las Secretarías de Desarrollo Económico o su equivalente de las ENTIDADES FEDERATIVAS, se deberá acreditar fehacientemente que los servidores públicos antes citados no forman parte de la MIPYME SINIESTRADA;
15.Los ORGANISMOS INTERMEDIOS no podrán, salvo casos excepcionales plenamente justificados y autorizados por el CONSEJO DIRECTIVO, contratar empresas, despachos y cualquier otro tipo de sociedad mercantil, en la que los socios del ORGANISMO INTERMEDIO tengan algún tipo de participación accionaria y/o jurídica;
16.Bajo ningún concepto los ORGANISMOS INTERMEDIOS y/o los ejecutores del PROYECTO, en su caso, podrán contratar empresas, despachos y cualquier otro tipo de sociedad mercantil, en las que sean socios los servidores públicos de la SPYME o de las DELEGACIONES o en general de la SE, de las Secretarías de Desarrollo Económico o su equivalente en las ENTIDADES FEDERATIVAS, así como sus cónyuges, parientes por afinidad y las demás personas que al efecto se refieran en las legislaciones federal y estatales aplicables en materia de responsabilidades de los servidores públicos, y
17.No podrán ser BENEFICIARIOS del FONDO PYME aquellos que estén recibiendo APOYOS de otros programas de la Administración Pública Federal para el mismo concepto, que impliquen sustituir su aportación o duplicar APOYOS.



