Ley Número 875

 UNIDAD DE TRANSPARENCIA   

D E S C R I P C I Ó N

Ley 875 Ley General
Artículo 15 Artículo 70
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El Marco normativo aplicable al Sujeto obligado, en el que deberá incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios políticas entre otros;

I.- I.-

Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables.

II.- II.-

Las facultades de cada Área.

III.- III.-

Metas y objetivos de las Áreas de conformidad con sus programas operativos.

IV.- IV.-

Así como otros relacionados con temas de interés público o trascendencia social que, conforme a sus funciones, deban establecer.

V.- V.-

VI.- VI.-

El directorio de todos los servidores públicos, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos el nombre, cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales.

VII.- VII.-

De todos los servidores públicos de base o de confianza, de todas las percepciones, incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación bruta y sus deducciones e importe neto, señalando la periodicidad de dicha remuneración. En las prestaciones estarán comprendidas, en su caso, seguros, prima vacacional, aguinaldo, ayuda para despensa o similares, vacaciones, apoyo a celular, gastos de representación, apoyo por uso de vehículo propio, bonos o gratificaciones extraordinarias y las demás que, por conceptos similares, reciban los servidores públicos del sujeto obligado.

VIII.- VIII.-

Así como el objeto e informe de comisión correspondiente.

IX.- IX.-

El número total de las plazas y del personal de base y confianza, especificando el total de las vacantes, por nivel de puesto, para cada unidad administrativa.

X.- X.-

Por honorarios o asimilados, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios y el periodo de contratación.

XI.- XI.-

(NO APLICA) La información, en versión pública, de las declaraciones patrimonial, fiscal y de intereses de los servidores públicos que así lo determinen, en los sistemas habilitados para ello, de acuerdo a la normatividad aplicable. 

XII.- XII.-

 Además de la dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener la información.

XIII.- XIII.-

Así como los resultados de los mismos.

XIV.- XIV.-

La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio.

XV.- XV.-

Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos.

XVI.- XVI.-

Desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, hasta el titular del sujeto obligado, así como, en su caso, las sanciones administrativas de que haya sido objeto; si en tal información se incluyen estudios diversos a los requeridos para ocupar el cargo, el sujeto obligado deberá contar con el soporte documental respectivo.

XVII.- XVII.-

El listado de servidores públicos con sanciones administrativas definitivas, especificando la causa de sanción y la disposición.

XVIII.- XVIII.-

Los servicios que ofrecen, señalando los requisitos para acceder a ellos.

XIX.- XIX.-

Los trámites, requisitos y formatos que ofrecen.

XX.- XX.-

Aquella sobre el presupuesto asignado, así como los informes del ejercicio trimestral del gasto, en términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás normatividad aplicable.

XXI.- XXI.-

(NO APLICA) El número total de las plazas y del personal de base y confianza, especificando el total de las vacantes, por nivel de puesto, para cada unidad administrativa.

XXII.- XXII.-

(NO APLICA) Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial, desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña.

XXIII.- XXIII.-

Los informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que se realicen y, en su caso, las aclaraciones que correspondan.

XXIV.- XXIV.-

XXV.- XXV.-

XXVI.- XXVI.-

Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, especificando los titulares de aquéllos, debiendo publicarse su objeto, nombre o razón social del titular, vigencia, tipo, términos, condiciones, monto y modificaciones, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios y/o recursos públicos.

XXVII.- XXVII.-

La información sobre los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la versión pública del expediente respectivo y de los contratos celebrados.

XXVIII.- XXVIII.-

Los que, por disposición legal, generen los sujetos obligados.

XXIX.- XXIX.-

Las que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones, con la mayor desagregación posible.

XXX.- XXX.-

Informe de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero.

XXXI.- XXXI.-

XXXII.- XXXII.-

XXXIII.- XXXIII.-

El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad.

XXXIV.- XXXIV.-

XXXV.- XXXV.-

Las que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio.

XXXVI.- XXXVI.-

XXXVII.- XXXVII.-

Aquellos que se ofrecen, incluyendo información sobre la población, objetivo y destino, así como los trámites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismos.

XXXVIII.- XXXVIII.-

Aquellas del Comité de los sujetos obligados, así como de sus órganos de gobierno, asambleas, consejos, plenos o sus equivalentes y, en su caso comisiones, comités o subcomités, según corresponda.

XXXIX.- XXXIX.-

Todas aquellas que hagan los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos.

XL.- XL.-

XLI.- XLI.-

(NO APLICA)  El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben.

XLII.- XLII.-

Aquellos recibidos por cualquier concepto, señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como el destino de cada uno de ellos.

XLIII.- XLIII.-

Aquellas hechas a terceros en dinero o en especie.

XLIV.- XLIV.-

XLV.- XLV.-

Aquellas ordinarias y extraordinarias y sus anexos, así como las opiniones y recomendaciones que emitan, en su caso, los consejos consultivos.

XLVI.- XLVI.-

(NO APLICA)  Que contenga exclusivamente el objeto, el alcance temporal y los fundamentos legales del requerimiento, así como, en su caso, la mención de que cuenta con la autorización judicial correspondiente.

XLVII.- XLVII.-

XLVIII.-  

Las estatales y municipales, así como los documentos relativos, incluyendo el informe del resultado de su revisión y su dictamen.

XLIX.-  

El origen de éstos y la aplicación que se haya hecho de los ingresos correlativos.

L.-  

Una relación de los servidores públicos comisionados por cualquier causa, incluso de carácter sindical.

LI.-  

Elaborados semestralmente y por rubros temáticos.

LII.-  

La cual deberá de permanecer dos años posteriores a partir de que perdió su clasificación.

LIII.-  

Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.

LIV.- XLVIII

Los sujetos obligados deberán informar a los Organismos garantes y verificar que se publiquen en la Plataforma Nacional, cuáles son los rubros que son aplicables a sus páginas de Internet, con el objeto de que éstos verifiquen y aprueben, de forma fundada y motivada, la relación de fracciones aplicables a cada sujeto obligado. 

OFICIO DE APLICABILIDAD —TABLA DE APLICABILIDAD —LTAIP 70  

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UNIDAD DE TRANSPARENCIA

D E S C R I P C I Ó N

Ley 875 Ley General
Artículo 16 Artículo 71
I.- I.-
Inciso A) El Plan Nacional de Desarrollo, los planes estatales de desarrollo o el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, según corresponda; (El Plan Veracruzano de Desarrollo). A) A)
Inciso B) Los objetivos, metas y acciones contenidas en los programas sectoriales, regionales, institucionales y anuales de actividades;Nota:Este sujeto obligado cuenta con un plazo de seis meses para presentar la información de este apartado, de conformidad a lo establecido en el Tercero Transitorio de los Lineamientos Generales para la Publicación de la Información establecida en la Ley 875 de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que deben difundir los sujetos obligados en los Portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia. B)
Inciso C) El presupuesto de egresos y las fórmulas de distribución de los recursos otorgados; C) B)
Inciso D) El listado de expropiaciones decretadas y ejecutadas que incluya, cuando menos, la fecha de expropiación, el domicilio y la causa de utilidad pública y las ocupaciones superficiales; D) C)
Inciso E) El nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de los contribuyentes a los que se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal, así como los montos respectivos. Asimismo, la información estadística sobre las exenciones previstas en las disposiciones fiscales; E) D)
Inciso F) Los nombres de las personas a quienes se les habilitó para ejercer como notarios públicos, así como sus datos de contacto, la información relacionada con el proceso de otorgamiento de la patente y las sanciones que se les hubieran aplicado; F) E)
La información detallada que contengan los planes de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y ecológico, los tipos y usos de suelo, licencias de uso y construcción otorgadas por los gobiernos municipales; F)
Inciso G) Las disposiciones administrativas, directamente o a través de la autoridad competente, con el plazo de anticipación que prevean las disposiciones aplicables al sujeto obligado de que se trate, salvo que su difusión pueda comprometer los efectos que se pretenden lograr con la disposición o se trate de situaciones de emergencia, de conformidad con dichas disposiciones; G) G)
Inciso H) Tratándose de concesiones de transporte público, se deberá publicar además:1. El nombre del concesionario;2. El número de placas y de tarjeta de circulación del vehículo con el que se presta el servicio concesionado;3. El acta constitutiva del concesionario, en caso de que sea personal moral; y4. El documento que acredite el importe pagado de la concesión; Nota: Este sujeto obligado cuenta con un plazo de seis meses para presentar la información de este apartado, de conformidad a lo establecido en el Tercero Transitorio de los Lineamientos Generales para la Publicación de la Información establecida en la Ley 875 de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que deben difundir los sujetos obligados en los Portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia. H)
Inciso I) La relativa a patronatos, fundaciones y demás organismos a los que se les destinen recursos públicos para acciones de beneficio social;Nota:Este sujeto obligado cuenta con un plazo de seis meses para presentar la información de este apartado, de conformidad a lo establecido en el Tercero Transitorio de los Lineamientos Generales para la Publicación de la Información establecida en la Ley 875 de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que deben difundir los sujetos obligados en los Portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia. I)
Inciso J) La referente a las asociaciones públicas o privadas constituidas conforme a la ley de la materia;Nota:Este sujeto obligado cuenta con un plazo de seis meses para presentar la información de este apartado, de conformidad a lo establecido en el Tercero Transitorio de los Lineamientos Generales para la Publicación de la Información establecida en la Ley 875 de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que deben difundir los sujetos obligados en los Portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia. J)
Inciso K) El listado de las becas y los apoyos que otorgan, así como los procedimientos y requisitos para obtenerlos;Nota:Este sujeto obligado cuenta con un plazo de seis meses para presentar la información de este apartado, de conformidad a lo establecido en el Tercero Transitorio de los Lineamientos Generales para la Publicación de la Información establecida en la Ley 875 de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que deben difundir los sujetos obligados en los Portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia.
K)

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